El Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Embargadas Preventivamente Cuatrocientas (400) Acciones por un valor de Doce Mil Bolívares (Bs. 12.000,00), propiedad del demandado de autos ciudadano Teodoro Cordoves, en la Sociedad Mercantil Carnes en Vara Los Dos Manquitos, S.A., ya identificada en la presente acta.