Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de medida cautelar de embargo solicitado por la empresa C.A. HIDROLÓGICA VENEZOLANA (HIDROVEN) sobre bienes muebles propiedad de las empresas SEGUROS BANVALOR, C.A. y "...CONSTRUCCIONES SIETE CERO, C.A...".
SEGUNDO: Se DECRETA la medida preventiva de embargo sobre bienes propiedad de la empresa "SEGUROS BANVALOR, C.A.", en caso de bienes muebles, hasta por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL SESENTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (BS. 188.061,43) y de ser cantidades o sumas líquidas de dinero, hasta por la cantidad de CIENTO SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (BS. 106.295,59). Todo ello a tenor de lo dispuesto en la parte motiva de este fallo.
TERCERO: Se NIEG.....