En consecuencia se  procede a impartir su HOMOLOGACION al escrito transaccional, exceptuando la acción,  sin menos cabo de algún derecho del trabajador,  a tal efecto, se ordenara el cierre y  archivo del expediente, así como su cierre informático, una vez vencido el correspondiente lapso de apelación,  establecido en los artículos 288 y 289, del Código de Procedimiento Civil.          
                       
                     Igualmente se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas por la partes,  de conformidad con el artículo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,  en tal sentido se insta a las partes, debidamente acreditadas en autos,  a consignar las copias de lo solicitado.   
        
                    No hay condenatoria en costas 
           
                         Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de .....