Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA:
PRIMERO: CONDENA al acusado MIGUEL EDUARDO RAMOS YAJURE, identificado en actas, antes identificada, por el delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículos 39 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a la pena definitiva 8 MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley de conformidad con lo establecido en los artículos 371 y 16 del Código Penal y se impone la medida de protección y seguridad a favor de la víctima de conformidad con lo establecido en el art. 87 Numerales 1, 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia consistentes: asistir a charla la ciudadana victima YANALETH YASMIN ADANALDAZORO, titular de la cedula de identidad.....