Por todas las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación examinada, interpuesta por el abogado GIOVANNI NATALE MENDEZ, parte demandada en el presente proceso que por DESALOJO sigue en su contra las ciudadanas JASMINE GARCÍA y JIVETTE GARCÍA DE LIDSTER.
SEGUNDO: SE MODIFICA el auto apelado dictado en fecha 10-07-2015, por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los términos expresados en este fallo, en virtud de la declaratoria de inadmisibilidad de la testimonial promovida por la parte actora.
TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas del recurso a la parte apelante.
Publíquese, regí.....