Este Juzgado cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ONORIO PERAZA CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.386.119, en contra del ciudadano VICTOR ANZOLA CANDIA.
SEGUNDO: Se condena a la empresa a pagar al demandante la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 1.331.833,00), por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo por renuncia del trabajador indicados en la parte Motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se condena, igualmente, a la demandada, al pago de los intereses sobre prestaciones sociales por el recalculo o compensación monetar.....