Dispositiva.
Con fundamento a lo expuesto con anterioridad, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Declara sin lugar la solicitud efectuada por el ciudadano: Luís Villavicencio, Adscrito al Sistema Autónomo de Defensa Pública Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en su carácter de Defensor de la ciudadana acusada: Luz Daris Rincón Chacón, Segundo: Mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a la ciudadana: Luz Daris Rincón Chacón, venezolana, natural de La Fría, Estado Táchira, nacida el 25 de marzo de 1978, de 31 años de edad, de estado civil soltera, portadora de l.....