declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana RUTH ARIAS PINTO, portadora de la cédula de identidad Nro. 10.866.699, asistida por la abogada MERY RUDDY RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 93.164, contra la Comisión Metropolitana Contra el Uso Ilícito de las Drogas (COMECUID), ente adscrito a la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, de conformidad con los artículos 1, 2, 5 y 23 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los artículos 19, 25, 27, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-