Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la república Bolivariana de Venezuela declara SECUESTRADO el inmueble objeto de la medida constituido por una parcela de terreno unifamiliar distinguida con el Nro. 24, Calle Nro. 38, que forma parte del lote unifamiliar Nro. 5, Ubicada en la Urbanización Paraparal, en Jurisdicción del Municipio los Guayos del Estado Carabobo, la cual tiene una superficie de 463,86 Mts2,