Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por los abogados JAVIER YÑIGUEZ ARMAS y ERNESTO FERRO URBINA, en carácter de apoderados judiciales del ciudadano JUAN HUMBERTO BELLO FEO, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de febrero de 2013, por el Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.