DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción celebrada por los abogados GERALD BUENAVIDA ZELMATI y ELIO CASTRILLO, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora y demandada respectivamente, ante la Notaría Pública Décima del Municipio Libertador del Distrito Capital, la cual fue autenticada en fecha trece (13) de marzo de dos mil trece (2013).
SEGUNDO: CONSUMADO el desistimiento del recurso de apelación formulado por el abogado ELIO CASTRILLO, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, el día veinticinco (25) de febrero de dos mil trece (2013), en contra de la sentencia pronunciada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de.....