Por todos los fundamentos anteriores, este Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, los ciudadanos y ciudadanas y por la autoridad que confiere la Ley, declara: SIN LUGAR, la demanda intentada por los abogados: EDGAR FRANCISCO REYES BELLO y EDGAR PEREZ SILVA, como apoderados del ciudadano: RANGEL RAMON ESPINOZA MEDINA, en contra de la ciudadana: MARIA ZENAIRA MARTINEZ, representada por el abogado: WILLMER OVALLLES, por ACCION DE RECONOMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO y Así se decide.
Se condena en costas al demandante por haber sido vencido en esta causa.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despachos del JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPICION JUDIUCIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Mariara, a los dos (2) días del mes de Mayo de 2006, años 195º de la Independencia y 147º de la Federación.
El Juez Tit.....