Decisiones del dia 03/05/2010 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AH1C-V-2008-000002  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/05/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA la nulidad de todo lo actuado a partir de la fecha en que se llevo a cabo la contestación de la demanda por parte del defensor judicial designado; es decir, desde el 22 de enero de 2010, y por consiguiente ordena reponer la presente causa solo al estado en que el defensor judicial designado conteste la demanda en nombre de los HEREDEROS DESCONOCIDOS del ciudadano SIMONE D`AMICO GUASTELA, y una vez conste en actas dicha contestación comenzaran a transcurrir los lapsos procesales subsiguientes a dicho acto, para todas las partes integrantes del presente juicio por igual. ASÍ SE DECIDE
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Bella Dayana Sevilla Jimenez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Duodecimo Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-S-2009-001328  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/05/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
 declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD sobre las BIENHECHURIAS a que se contrae la presente solicitud,  a favor del ciudadano MIGUEL ANGEL BENITEZ TERAN, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-6.200.770. Asimismo, éste Tribunal, hace la salvedad que el presente Título se declara sólo sobre las características identificadas en el escrito de solicitud, dejándose expresa constancia que los derechos del solicitante por medio de ésta actuación judicial, no generan en modo alguno, derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas, y que el presente Título no convalida cualquier tipo de violación a la Ley, decreto u ordenanza en la cual haya podido incurrir la solicitante al haber construido las bienhechurias descritas en la solicitud. Devuélvanse las presentes actuaciones en original con sus resultas  a la parte solicitante a los fines de ley.-
LA JUEZ,
Dra. INDIRA PARIS BRUNI.-                        
         .....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Indira Paris Bruni 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Noveno de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-V-2009-002941  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/05/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Con fundamento en las consideraciones que han quedado explanadas en el cuerpo del presente fallo, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, este Tribunal declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES, por indemnización de daños y perjuicios, fue interpuesta por la ciudadana FRANCIS JOSEFINA RODRÍGUEZ ZERPA, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA MAN-P 2006. En consecuencia, se condena a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCO BOLÍVARES CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 52.705,76), monto que comprende el monto correspondiente a la alícuota de participación societaria de la demandante, materializada en el ejercicio de funciones como recepcionista, y demás conceptos reclamados por la parte actora en el libelo. 
Se condena en costas a la parte demandada, toda vez que resultó totalmente vencida en el presente procedimiento, en interpretación de lo establecido en el artículo 274 del Código.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Zobeida Romero 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								038-10  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/05/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Seguidamente el Tribunal vista la exposición de la notificada;  a  solicitud del Apoderado Actor y en cumplimiento de su misión declara EJECUTIVAMENTE EMBARGADO, el saldo    disponible que a la fecha presenta la cuenta  corriente signada con el  N°01340120991203062870, perteneciente a JOSÉ FRANCISCO VEGA RAMIREZ, por la suma de Trescientos Setenta y Ocho Con Cincuenta Céntimos (Bs.378,50), hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS  (Bs.2.301.576,82)  que es el monto ordenado a embargar por  el  comitente,  sobre sumas  líquidas de dinero e impone a la notificada de la obligación en que se encuentra de emitir cheque de gerencia por la suma embargada, procediendo  de  inmediato  la  notificada al bloqueo de las cantidades embargadas y a la elaboración del respectivo cheque de gerencia signado con el N°.36613835, por la suma de Trescientos Setenta y Ocho Con Cincuenta Céntimos (Bs.378,50), a la orden de la pa.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Nela Pasquali Vespa 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado de Municipio Quinto Ejecutor de Medidas 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								038-10  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/05/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Seguidamente el Tribunal vista la exposición de la notificada;  a  solicitud del Apoderado Actor y en cumplimiento de su misión declara EJECUTIVAMENTE EMBARGADO, el saldo disponible que a 
la fecha presenta la cuenta  corriente signada con el  N°01510118194411809975, perteneciente a MADERERA ASHLEY, C.A, por la suma de TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO BOLÍVARES CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs.35.224,91), hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS UN MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS  (Bs.2.301.198,32) suma  ésta  que  resulta   luego  de deducir la cantidad embargada en esta misma fecha 03-05-2010, al monto ordenado a embargar por  el  comitente,  sobre sumas  líquidas de dinero e impone a la notificada de la obligación en que se encuentra de emitir cheque de gerencia por la suma embargada, procediendo  de  inmediato  la  notificada al bloqueo de las cantidades embargadas y a la elaboración del respectivo cheque de gerencia signado con e.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Nela Pasquali Vespa 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado de Municipio Quinto Ejecutor de Medidas