¿ SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano PABLO J. BORDONES LATTUF, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.153.284, representado judicialmente por el abogado Libio Armando Daza Contreras, contra la sociedad de comercio MOVIL SALUD C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 20 de Diciembre de 1.999, bajo el No. 39, Tomo 68-A, representada por el abogado Pedro Daniel Cegarra Reyes.
o Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
o Queda en estos términos confirmada la sentencia recurrida.-