Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONFINAMIENTO, y ACUERDA EL OTORGAMIENTO DE LA CONMUTACION DEL RESTO DE LA PENA PRINCIPAL, QUE LE QUEDA POR CUMPLIR de cuatro meses y veinticuatro días, al penado HECTOR ANTONIO MARCHAN CASTILLO, plenamente identificado en autos EN CONFINAMIENTO, el cual cumplirá en la siguiente dirección: : Parroquia Moroturo Santa Inés Sector la Manga casa s/n en el Estado Lara,, así mismo se le impone como parte de la pena de confinamiento, el aumento de una tercera parte de la pena principal que le queda por cumplir, que equivale a Ocho (8) meses y Once (11) Días que sumado al resto de la pena por cumplir da un total de Dos (2) años, Nueve (9) meses y catorce(14) días que deberá cumplir en confinamiento, pena que extingue el 17/03/2012 quedando pendiente el cumplimiento de las penas accesorias que lo sujet.....