El Tribunal ORDENA NOTIFICAR al representante legal de la contribuyente PROTINAL, C.A. y/o a su apoderado judicial, en su domicilio procesal, para que dentro de un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de su notificación y de la constancia en autos de haberse practicado la misma, manifieste su interés en dar por concluido este proceso a través de un fallo sobre el mérito del asunto, en virtud de que se observa que la parte actora no ha realizado actuación alguna desde que presentó, el 22 de octubre de 1991, su escrito de informes, de lo cual se desprende que no acudió a impulsar el proceso una vez dictado el VISTOS en la causa. Así las cosas, transcurrido el lapso supra mencionado sin que la parte actora manifieste su interés, este Tribunal declarará extinguida de pleno derecho el presente juicio por pérdida sobrevenida del interés procesal.