Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la solicitud de corrección de la sentencia del 27 de mayo de 2010 formulada por la representación judicial del ciudadano Mauro Rosato Comino en contra del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas en la ;
SEGUNDO: Se ACLARA que en la parte correspondiente a la identificación de la fecha de publicación de la decisión cursante al folio 102 se estableció que la decisión fue refrendada "a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil diez (2010)", siendo lo correcto es "a los veintisiete (27) días del mes de mayo de dos mil diez (2010).";
TERCERO: No se .....