Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente HAY GROUP VENEZUELA, S.A., contra la Resolución N° L/114.03.05, emanada por la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha 30 de marzo de 2005; y en virtud de la presente decisión:
PRIMERO: Se confirma el reparo formulado en materia de Patente (Impuesto) de Industria y Comercio y Actividades Económicas para los ejercicios económicos 1998, 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003.
SEGUNDO: Se ordena recalcular la sanción en los términos supra decididos.
No hay condenatoria en costas procesales por no haber sido ninguna de las partes totalmente vencida.
La presente decisión tiene apelación en relación a la cuantía.