Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 numeral 1º, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA al penado SAMIR JAVIER CARDENA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.626.558; el BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el plazo de TRES (03) AÑOS; y se imponen las condiciones siguientes: 1.- No cambiar de residencia sin autorización del tribunal. 2.- Debe recibir orientación en el área de prevención del delito. 3.-No debe frecuentar sitios de actividad nocturna, tales como discotecas, bares, tascas, ferias, entre otros. 4.- Debe someterse a evaluación Psicológica a fin de obtener herramientas que le brinden mecanismos de autocontrol. 5.- Debe asistir a centros de práctica de terapia de grupos (charlas y talleres de crecimiento personal). 6.- Debe recibi.....