Se dictó y publicó Resolución mediante la cual se declaró: COMPETENTE a la CSCA para conocer en 1er grado de jurisdicción la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos; ADMITIÓ la demanda; ORDENÓ la not. del FGR, Presidente del INDEPABIS, PGR a la PROMOTORA SAN IGNACIO C.A y la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CC BUENAVENTURA PLACE; ORDENÓ solicitar al INDEPABIS el exp. adm. del caso; ORDENÓ una vez cumplidas las not. ordenadas librar el cartel de emplaz. a los 3eros inter. para ser publicado en el "Últimas Noticias" según los art. 80, 81 y 82 de la LOJCA; ACORDÓ la apertura del cuaderno sep. a los fines de tramitar la medida cautelar solicitada; ORDENÓ una vez conste en autos las not. ordenadas la remisión del exp. a la CSCA a los fines que sea fijada la oportunidad para que tenga lugar la audiencia de juicio según el art. 82 de la LOJCA.