DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la demandante, ciudadana MORAIMA CAROLINA SILVA; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 6 de febrero de 2012, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: PROCEDENTE la defensa de prescripción opuesta por la parte demandada y en consecuencia SIN LUGAR la demanda de intimación de honorarios profesionales intentada por la abogada MORAIMA CAROLINA SILVA en contra de la ciudadana AMADA MONSALVE DE VALERO.
No hay condena en costas procesales dada la natural.....