En consideración a todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana Sulay Coromoto Quiroz Araujo, titular de la cedula de identidad Nro. 9.566.004, en contra del CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO ARAURE DEL ESTADO PORTUGUESA y en consecuencia se condena a pagar a la demandada la cantidad de SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (BS. 7.648,88) por los conceptos de: Prestación de antigüedad, intereses sobre prestación de antigüedad, vacaciones y bono vacacional, vacaciones y bono vacacional fraccionado, utilidades y utilidades fraccionadas e indemnización prevista en el artículo 110 de la Ley Orgánica del Trabajo.
En caso de no cumplimiento voluntario de la sentencia por parte de la acc.....