Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y en sede constitucional de segundo grado dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara IMPROPONIBLE la petición de reposición formulada por la representación judicial de la parte accionante a través de la cual pretende la reposición de la causa al estado de que el Tribunal a-quo fije nueva oportunidad para la verificación de la audiencia constitucional en la presente acción, en virtud de que el referido pedimento fue resuelto por la decisión proferida por este Organo Jurisdiccional en fecha 30 de abril de 2009 que confirmó el fallo dictado el 28 de noviembre de 2008 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, med.....