Realizada Aud. Esp. la Juez oídas las partes y una vez confirmado el cumplimiento del Acuerdo Reparatorio, extingue la acción penal y decretó el SOBRESEIMIENTO, de conf. con el Art. 318 Numeral 3 del COPP, a favor del Ciudadano: ALEXIS LEONARDO NAVAS CHIRINOS. Se acordó Oficiar al CICPC a los fines de que el ciudadano antes nombrado sea excluido del sistema computarizado. Quedan notificadas las partes. En esta misma fecha se dictó auto motivado.-