Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (unipersonal) en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal, dicta el presente auto de SOBRESEIMIENTO, al ciudadano ALFREDO ANTONIO QUERO, venezolano, de 44 años de edad, fecha nacimiento 16-12-59, titular de la Cédula de Identidad N° 10.370.258 domiciliado en la carretera nacional calle principal N° 64 Puente Carache, Municipio Candelaria del estado Trujillo, en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de ACTOS LACIVOS, previsto y sancionado en el artículo 377 primer aparte del Código Penal en perjuicio de una niña (cuyo nombre se omite por prohibición legal).