este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano HÉCTOR ELÍAS GARCÍA AULAR, titular de la cédula de identidad No. 7.022.630, nacido en Valencia Estado Carabobo, el 27-12-1959, de 44 años de edad, hijo de Simón Valespino, y Juan de García, grado de instrucción 6to grado, domiciliado Sector 2 de las Agüitas, vereda 8, casa N° 1, Valencia Estado Carabobo a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1ro. en concordancia con el artículo 84 Ordinal 1ero en la ejecución de robo agravado ambos del Código Penal anterior al vigente por haber ocurrido los hecho bajo su vigencia.; y a las penas accesorias contempladas en el articulo 13 del Código Penal, se exime d.....