Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano JOSÉ ADELIS TORRES venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.138.813.y de este domicilio, por intermedio de su abogado asistente: HAIDY CARRASCO PRIMERA, inscrita el Inpreabogado bajo el No. 90.180, en contra de empresa TRANSPORTE LA PAZ, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y demás conceptos laborales.