VII
DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en la Ciudad de Guanare, Municipio Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONFIRMA, la desición dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la Ciudad de Acarigua, en fecha 07 de junio de 2005.
SEGUNDO: Remítase inmediatamente el presente asunto al Juzgado de la causa a los fines de su archivo judicial.
Dado, firmado, sellado y refrendado, en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en la Ciudad de Guanare, Municipio Guanare, a los tres días del mes de agosto de dos mil cinco. Años ciento noventa y cinco de la Independencia y ciento cuarenta y seis de la Federación.
La Juez Superior Primero,
Abg., N.....