Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado JEAN CARLOS MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V-15.286.122, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 25 años de edad, Soltero, Ayudante en la Coca Cola, fecha de nacimiento 21-03-80, hijo de Manuel Sabino González y Rosa Margarita Medina Galindo, residenciado en Barrio 12 de Marzo, Avenida 109 Nº 79-07, Sector El Marite, Maracaibo, Estado Zulia, en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos SUSANJA LEON DE PRIMERA, ADALBERTO PRIMERA, STEVENS PRIMERA Y MADELEIN PRIMERA, quien actualmente goza Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena la LIBERTAD CONDICIONAL, conforme a .....