Por todos los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Amplía hasta por un máximo de 15 días adicionales, el lapso para que el Ministerio Público presente el acto conclusivo correspondiente en la causa seguida al ciudadano UVALDO VASQUEZ ARENILLA, por el delito de VIOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA. Todo de conformidad con el articuelo 250, cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Expídase las copias solicitadas por las partes. Siendo las diez y quince minutos de la mañana, se suspende la presente audiencia y se otorga un lapso de treinta minutos, para levantar el acta de audiencia respectiva. Siendo las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana, se dio lectura al acta en presencia de las partes, con la cual quedan notificadas Terminó,.....