Se trasladó y constituyó el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora, se le notificó de la misión a realizar a la Conyegue del demandado, quien procedio tralado sus bienes bajo su propia cuenta y riesgo. Se practicó la medida de Secuestro ordenada por el comitente y se dejo bajo la guarda y custodia de la Depositaria Judicial designada.-