DECISION:
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Superior Segundo en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.- IMPROCEDENTE la oposición presentada por la representación judicial de la parte demandada.
2.- RATIFICA el amparo cautelar solicitado por la sociedad mercantil INVERSIONES SIRIT GUEVARA, COMPAÑÍA ANONIMA., consistente en la suspensión de los efectos de los oficios administrativos S/N de fecha 25 de enero de 2016, 03 de febrero de 2016 y 24 de febrero de 2016, emitidos por la CAPITANIA DE PUERTO DE MARACAIBO, hasta tanto se resuelva el fondo de la presente causa.
Publíquese, Regístrese, y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Superior Segundo Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, el día cuatro (03) días del mes de agosto del año dos mil die.....