PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la pretensión de nulidad de la Providencia Administrativa Número 00376, de fecha 13/03/2013, emanada de la Inspectoría del Trabajo sede "Pio Tamayo" del Estado Lara, en la que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el MANUEL ELIECER SANTELIZ GOYO contra la entidad de trabajo REPUESTOS AUTOMOTRICES INDUSTRIALES REAUTINCA, C.A. SE DECIDE.
SEGUNDO: Se condena en costas, a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el 274 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
TERCERO: Notifíquese a la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto con rango valor y fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (Gaceta Oficial, Extraordinario, N° 6.220 del 15 de marzo de 2016). Se advier.....