Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PRESENTE PROCESO PENAL seguido en contra del acusado ANDY WILLIAM MONDOR BARRETO, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO PROCEDENTE DE HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 472 primer aparte del Código Penal Venezolano en concordancia con lo establecido en el artículo 455 ordinal 4° del Código Penal, en perjuicio de ROGER JAVIER HERNANDEZ , de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de UN (01) AÑO, contados a partir de la presente fecha, quedando establecida la obligatoriedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ejusdem, del cumplimiento de las obligaciones anteriormente impuestas. Se deja con.....