DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos Sala N° 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, “Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley” declara DESISTIDA la acción de amparo constitucional al no haber comparecido a la Audiencia Constitucional celebrada el día 17 de Mayo de 2002, la ciudadana Defensora Publica 33° Penal, Dra. GLADYS ESCOBAR TOVAR en su carácter de defensora del ciudadano CARLOS JOSE PIMENTEL ALVAREZ.
Regístrese, publíquese y remítase las actuaciones a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
EL JUEZ PRESIDENTE
NELSON CHACON QUINTANA
EL JUEZ EL JUEZ
RUBEN DARIO GUTIERREZ CESAR SÁNCHEZ PIMENTEL
(Ponente)
LA SECRETARIA
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