D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado CIRO PIÑERO SILVA, apoderado judicial de la parte actora contra el auto dictado el 24 de abril de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito del Estado Lara mediante el cual declaró INADMISIBLE la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana RAMONA DEL CARMEN COLMENAREZ de conformidad con los Arts. 462 y 501 del Código Civil. En su defecto se declara SIN LUGAR la solicitud planteada, quedando así REVOCADA la decisión apelada.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.