Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al ciudadano BENJAMIN PADILLA BADIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.173.236, a el adolescente XXX, y a la niña XXX, de la ciudadana AIDA MILAGROS PEREIRA ALVAREZ de PADILLA, ex-titular de la cédula de identidad No. V-6.559.058, quien falleció en fecha 02 de julio de 2006; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.