Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el abogado HÉCTOR LÓPEZ MÉNDEZ PARRA, Inprabogado Nro. 12.794, actuando en su propio nombre y representación, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 006/2012 del 16 de enero de 2012, publicada en la Gaceta Municipal Nro. 267 de mayo de 2012, dictada por el ALCALDE DEL MUNICIPIO CARRIZAL DEL ESTADO MIRANDA