Por los razonamientos, expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Niega la medida preventiva de Secuestro sobre los vehículos objeto de controversia, solicitada por la ciudadana Yusmeli Coromoto López Hurtado, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-12.425.134, asistida por el abogado Ybrain Villegas Polanco, titular de la cédula de identidad No. V-7.165.582, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.340, en el juicio por Partición de Bienes, incoado contra las ciudadanas Albalila Coromoto López Hurtado y Wilmar Estefani Salas López, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-11.104.017 y V-22.220.800, respectivamente.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Trib.....