Por las razones anteriormente expuestas, ésta Sala Natural de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la RECUSACIÓN, interpuesta por la Abogada Beatriz Elena Madrid, en su condición de Defensora Privada de la ciudadana Ana Karina Lameda de Carolla, contra la Juez Undécimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Extensión Carora, Abogada Mariluz Castejón Perozo, en el Asunto Principal signado bajo el Nº KP11-P-2016-001533, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese. Líbrese Boleta de Notificación a la recusante y al Juez Recusado, a los fines de remitirle copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara......