/Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra de los ciudadanos: DANI ALEXANDER ANDRADE FIGUEROA, ROBERT FERNÁNDEZ, ARGENIS GASTÓN VISCAYA TORREALBA, antes identificados, por la presunta comisión de los delitos de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y ALTERACIÓN ILÍCITA DE SERIALES, previstos y sancionados en los Artículos 3 y 8 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, por cuanto están dados los presupuestos de los Artículo 250, 251. 252 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal. Con relación al ciudadano ESLIBER SEGUNDO PINEDA CASTILLO, éste Tribunal, DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR DE DETENCIÓN DOMICILIARIA establecida en el artículo 256 ordinal 1° del Código Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y ALTERACIÓN ILÍCITA DE S.....