DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por el Doctor RICARDO COLMENARES OLIVAR, actualmente desempeñando el cargo de Juez Profesional de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa N° 3Aa 3434-06, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentiva del recurso de apelación de auto interpuesto por los ciudadanos abogados LIDUVIS GONZALEZ LUZARDO y JAMESS JOSUE JIMENEZ MELEAN, en su carácter de Fiscales auxiliar de la Fiscalía Décima Novena y Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra de la decisión dictada en fecha 06-10-06, por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa seguida a los ciudadano.....