Ordena al Juez A-quo, proceda a la separación de la causa conforme a lo dictaminado en la motiva de la presente decisión. Segundo: Declara sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el Ministerio Público por manifiestamente infundado. Tercero. Por Tutela Judicial Efectiva, Anula la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 16 de agosto del 2006 por inmotivada y, en consecuencia, ordena la reposición de la causa al estado de que se realice una nueva audiencia preliminar al acusado LARRY RICARDO RAMIREZ CONTRERAS, atendiendo a lo expresado en la presente decisión. Así se declara. Publíquese, regístrese notifíquese y remítase el expediente. Dada, firmada y sellada en la Sala Accidental de la Sala Nro. 1 de la Corte de Apelaciones. En la fecha Ut. Supra señalada.