Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 02 de abril de 2008, por el abogado José Antonio Anzola Crespo, en su condición de apoderado judicial de la cónyuge Edgelis del Valle Martínez Arguelles, contra la sentencia dictada en fecha 07 de febrero de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declara CON LUGAR la solicitud de conversión de la separación de cuerpos en divorcio planteada por el abogado Rafael Álvarez Almao, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Javier Eduardo Roberti Barrios, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Javier Eduardo Roberti Barrios y Edgelis del Valle Martínez Arguelles, en fecha 29 de septiembre de 2002. Quedó CONFIRMADA la decisión. Se condenó en costas al apelante.