Por todo lo antes expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión en DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos DAVID GABRIEL MEDINA ALVAREZ y YUNIELSY JOSEFINA MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.537.745 y V-17.024.888 respectivamente, decretada en fecha 25/03/2009, en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Morón del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, el día Veintinueve (29) de Octubre del año dos mil cuatro (2004), según Acta N° 121 de la referida fecha.
En la unión matrimonial no procrearon hijos, ni adquirieron bienes que liquidar.