Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada FRANCISCA OJEDA, en su carácter de defensora de la imputada, ciudadana MORELA ANTONIA MORENO GARCIA, contra la decisión dictada en fecha 19 de Octubre de 2004, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes y remítase las presentes Actuaciones a la Jueza N ° 1 de Primera Instancia en funciones de Control, de éste Circuito Judicial Penal.
Dada, firmada y sellada en la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los TRES (3) días del mes de Diciembre del año dos mil Cuatro (2004). Años: .....