Finalmente, visto que conforme al oficio No. SNAT/INA/2009-001446 de fecha 25 de noviembre de 2009 (folio 284) emanado de la Intendencia Nacional de Aduanas, mediante el cual señala que "esta Intendencia Nacional de Aduanas respetuosamente informa sobre la imposibilidad de este Servicio de dar ejecución al mandato de amparo constitucional por usted decidido, por no encontrarse bajo la potestad de este Servicio visto que el vehículo marca Toyota, Modelo Sequoia, año 2005, serial Nº 5TDZT34A55S256951, fue adjudicado a la DIRECCION DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCION (DISIP) mediante resolución Nº 193 de fecha 09/10/2009 dictada por la comisión Presidencial para la Disposición Final de los Bienes en las Aduanas de la República Bolivariana de Venezuela...", este Tribunal Superior ordena oficiar al ciudadano MIGUEL RODRÍGUEZ TORRES, en su carácter de Director de la DIRECCION DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCION (DISIP) para que ponga a la orden de la Gerencia de la Aduan.....