Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por el ciudadano ANGEL ERNESTO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 11.811.045, contra la sociedad de comercio GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C. A., -antes denominada EMPRESAS MIXTA GENERAL MOTORS, C. A-., sociedad mercantil domiciliada en Valencia Estado Carabobo, e inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 27 de Julio de 1988, anotada bajo el N°. 34, Tomo 6-A. Queda en estos términos MODIFICADA la sentencia recurrida.
No hay con.....