Por todas las consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 16 de septiembre de 2008. Segundo: Improcedente la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por la ciudadana Trina Vaniska Almeida Pérez, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano de la Asamblea Nacional. Tercero: Se confirma la sentencia recurrida, con la motiva expuesta en esta decisión. Cuarto: No hay condenatoria en costas, de acuerdo a la interpretación al principio de igualdad.....