Declarado CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Contribuyente MARÍA ISABEL DE ABREU DE SISO (SUPERMERCADO UNIÓN DEL NOGAL), en virtud de que constató el Tribunal que las multas impuestas y posteriormente confirmadas originaron que se efectuara la verificación realizada por la Administración Tributaria a la contribuyente; sin embargo, una vez revisadas las Actas de Requerimiento y Recepción; este Juzgador denotó que tanto en la Resolución de Imposición de Sanción como en la Resolución recurrida sobre "no llevar el Libro Mayor de Registro de Especies Alcohólicas, incurriendo así en un ilícito formal establecido en el Código Orgánico Tributario y en la Ley de Impuesto sobre alcohol y Especies Alcohólicas y su Reglamento así como no lleva los talonarios guías que amparan el Libro Mayor de Registro de Especies Alcohólicas, incurriendo así en un ilícito formal establecido en el Código Orgánico Tributario y en la Ley de supra mencionada", luce incierta, Así las cosas,.....